Ante la excepcionalidad del apagón eléctrico que afecta a todo el país, desde UGT FICA PV recordamos que, según el artículo 37.3.g) del Estatuto de los Trabajadores, quienes no puedan acudir a su puesto de trabajo tienen derecho a un permiso retribuido.
Este artículo, modificado por el Real Decreto-ley 8/2024, establece hasta cuatro días de permiso por imposibilidad de acceso al centro de trabajo debido a restricciones o situaciones de riesgo grave. Tras ese período, se mantendrá mientras persistan las circunstancias justificativas, salvo que la empresa opte por una suspensión del contrato o reducción de jornada por fuerza mayor. Si el teletrabajo es viable y acordado, podrá aplicarse conforme a la normativa vigente.
Desde UGT FICA PV exigimos el respeto absoluto a los derechos laborales y apelamos a la responsabilidad empresarial en este contexto de fuerza mayor. Seguiremos defendiendo la protección de las trabajadoras y trabajadores ante esta situación.